Resumen:
Por el cual se reglamenta el pago de la contribución para el culto divino en la Diócesis de Ibarra.
Si por cualquier evento o motivo este Convenio no tuviere en alguna época pleno cumplimiento o vigor, queda explícitamente convenido que la iglesia recupere, tanto respecto al Gobierno como a los fieles, el derecho incontestable de exigir y percibir la contribución diez mal, como antes lo hacía. Artículo duodécimo del Convenio adicional al Concordato...